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Jueves 25 de Febrero, 2021
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PAUTAS ACADÉMICAS EN PERÍODO DE EMERGENCIA 2021

Vista la situación epidemiológica y el contexto de distanciamiento social que sigue vigente, la Universidad hace saber, que ha adecuado las pautas académicas para la cursada del primer cuatrimestre de este año. La Res. (R) N° 94/2021 complementa, sustituye y/o modifica lo establecido previamente por las Res. 196/2020, 390/2020 y 392/2020 -últimas en vigencia- y las normativas vinculadas y oportunamente comunicadas, garantizando la continuidad de la cursada a las y los estudiantes. Para su elaboración se ha tenido en cuenta la situación sanitaria actual y, particularmente, las nuevas definiciones tomadas por las autoridades nacionales y provinciales. En virtud de estos cambios, resulta necesario adecuar estas pautas, con el fin de seguir fortaleciendo la continuidad pedagógica y facilitar, en la medida en que las condiciones sanitarias lo habilitan, una progresiva ampliación de las modalidades de cursada, cuidando a la comunidad universitaria y favoreciendo sus trayectorias académicas.

 

En este sentido resulta necesario prorrogar la suspensión de actividades presenciales y, al mismo tiempo, habilitar el retorno gradual de algunas actividades académicas autorizadas tanto por autoridades provinciales como nacionales y en virtud de la aprobación de los respectivos protocolos presentados, oportunamente, por nuestra Universidad. Es así que todas las unidades curriculares de este cuatrimestre continuarán desarrollándose en la modalidad a distancia a excepción de las vinculadas a las prácticas finales de las carreras de ciencias de la salud y las que en el futuro se autoricen, las que adoptarán, siempre que sea posible, un esquema mixto o bimodalidad, lo que incluye instancias virtuales para el desarrollo de contenidos teórico-conceptuales e instancias presenciales para los contenidos prácticos

 

De este modo, la Resolución N° 94/2021  establece el nuevo marco normativo a fin de permitir a las/os estudiantes avanzar con la cursada de las asignaturas que se ofrecerán durante el primer cuatrimestre. A continuación se establece una descripción breve de los puntos principales, por lo que se aconseja su lectura completa para una mejor comprensión.

 

  • Se suspenden a partir del 1 de febrero de 2021 la totalidad de las actividades académicas de carácter presencial a desarrollarse en la UNPAZ, durante el primer cuatrimestre del año 2021, sean estas de pregrado, grado o posgrado, extensión universitaria, investigación,  vinculación tecnológica y/o educativa, con excepción de aquellas actividades expresamente autorizadas para ser desarrolladas de forma presencial en el marco de las regulaciones derivadas de la emergencia sanitaria.

 

  • A partir del 1 de febrero de 2021, la cursada de las unidades curriculares a desarrollarse por la UNPAZ durante el primer cuatrimestre 2021 continuarán bajo la modalidad de educación a distancia, a través del Campus Virtual de la Universidad, con excepción de las unidades curriculares de prácticas finales de las carreras de Ciencias de la Salud, las que se desarrollarán bajo un régimen bimodalidad en el cual los contenidos teórico-conceptuales se desarrollarán a través de la modalidad de educación a distancia y las horas de campo práctico se realizarán en forma presencial mientras la situación sanitaria lo permita, en coordinación con las áreas de apoyo necesarias para su desarrollo presencial.

 

  • Aquellas unidades curriculares cuya cursada se encuadre en las actividades presenciales que en lo sucesivo resulten habilitadas por las autoridades provinciales y nacionales, adoptarán  un esquema bimodal para el abordaje de sus contenidos, en tanto se verifique el cumplimiento del Procedimiento General de Bioseguridad aprobado por Resolución (R) 392/2020.

 

  • Se establecen  las siguientes condiciones para la regularidad:las/os estudiantes podrán regularizar las UUCC cuando cumplan con los requisitos establecidos para cada modalidad de cursada:

 

  1. UUCC QUE SE DESARROLLAN EN SU TOTALIDAD BAJO LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN A DISTANCIA:

(i) La presentación de UNA (1) actividad individual que deberá ser identificada previamente por la/el docente como de presentación con carácter obligatorio. La/el docente deberá realizar una devolución sobre la actividad presentada (individual o colectivamente) con el objetivo de orientar los procesos de aprendizaje de las/os estudiantes.

(ii) La aprobación de UNA (1) instancia evaluativa parcial, o su recuperatorio con una calificación de 4 (cuatro) puntos o superior.

 

  1. UUCC QUE SE DESARROLLAN EN MODALIDAD MIXTA o BIMODAL:

(i) La aprobación de al menos dos (2) instancias evaluativas parciales o sus recuperatorios con una calificación igual o superior a 4 (cuatro) puntos, incluyendo al menos una evaluación vinculada con los contenidos prácticos abordados en condición de presencialidad.

(ii) El cumplimiento de la asistencia a las actividades prácticas presenciales previstas en cada unidad curricular.

 

  • Las/os estudiantes que mantengan la condición regular de una UC  de modalidad bimodal podrán aprobarla:

(i) mediante promoción directa;

(ii)mediante aprobación de examen integrador o

(iii) mediante aprobación de examen final.

 

  • Para aprobar mediante promoción directa, los/las estudiantes que cursen UUCC  bimodales deberán:

(i)  Haber regularizado la UC en los términos previstos en el artículo 6° de las PAUTAS ACADÉMICAS EN PERIODOS DE EMERGENCIA SANITARIA según el texto establecido en el Artículo 4° de la presente resolución.

(ii) Haber obtenido una calificación de 7 (siete) o más puntos como promedio de todas las instancias evaluativas, sean éstas parciales o sus recuperatorios, debiendo obtener una nota igual o mayor a 6 (seis) puntos en cada una de éstas.

  • Régimen de correlatividades: para las inscripciones a materias de carreras del primer cuatrimestre 2021, se encuentra vigente el Art. 10 del RGE aprobado por Res. (CS) N° 96/2018. No obstante, se exceptúan de dicho requerimiento aquellas unidades curriculares que los Departamentos Académicos, mediante informe circunstanciado, requieran a la Secretaría Académica.

 

Estos son los puntos principales que abarca la nueva resolución. Se debe tener en cuenta que la misma complementa, sustituye y/o modifica otras normativas de la Universidad. Por este motivo, se recomienda su lectura completa, como así también la de la normativa a la que se hace referencia.

 

LEER RES. (R) N°94/2021 COMPLETA